Modificación de Estatutos de la UAH


ANTECEDENTES

Los artículos 255 y 256 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá establecen el procedimiento que debe seguirse para su reforma.

De acuerdo con lo indicado en el artículo 255, el Consejo de Gobierno, en su sesión extraordinaria del 4 de marzo de 2025, acordó el inicio del proceso de reforma de los Estatutos para su adaptación a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU) y elevó dicha iniciativa a la Mesa del Claustro para su consideración.

El inicio del proceso de reforma va acompañado, por ser una exigencia procedimental de los propios Estatutos, de un texto articulado, pero, en ningún caso, se puede considerar que ese documento constituya una propuesta del Consejo de Gobierno. Este órgano no se ha pronunciado sobre el alcance y el contenido de la reforma. Únicamente ha acordado el inicio de los trámites a tal efecto. El texto ha sido elaborado por la Secretaría General de la Universidad atendiendo a tres criterios: a) dar cumplimiento estricto a las exigencias de la LOSU; b) Respetar en la medida de lo posible los sistemas de gobernanza que tiene actualmente la Universidad; c) limitar los Estatutos al contenido mínimo obligatorio para permitir un funcionamiento ágil y flexible de la Universidad a través de las normativas específicas que aprueben los órganos colegiados competentes.

Una vez que la Mesa del Claustro constató la regularidad de la iniciativa, acordó su elevación a un Claustro extraordinario. Conforme al artículo 24 del Reglamento del Claustro, la Mesa propuso al Pleno del Claustro el procedimiento de aprobación de la propuesta de modificación [de los Estatutos], el cual fue aprobado por la mayoría absoluta de los miembros del Claustro en sesión extraordinaria convocada al efecto el día 13 de marzo de 2025. 

En dicha sesión y, a propuesta de la Mesa, también se acordó:

1. Publicar el texto articulado en el Boletín Oficial de la Universidad y en un sitio web específico, y abrir a continuación un plazo de enmiendas a toda la comunidad universitaria. Las enmiendas deberán ser presentadas por escrito y podrán ser enmiendas parciales a artículos concretos del texto articulado publicado o enmiendas globales proponiendo un texto íntegro alternativo. El plazo de presentación de enmiendas será del 1 de abril al 31 de mayo de 2025.

2. Elegir una comisión encargada del estudio de la iniciativa de reforma, de la que formarán parte representantes de todos los sectores de la comunidad universitaria en proporción a la composición del Claustro. Esta comisión será la encargada de recibir las enmiendas, estudiarlas y elaborar un dictamen y una propuesta que servirán de base para la discusión de la reforma en el Pleno del Claustro.

Para dar cumplimiento a dichos acuerdos se publican a continuación la composición de la comisión, el texto articulado propuesto y el procedimiento para su enmienda.

PROCEDIMIENTO DE ENMIENDA

En cumplimiento del acuerdo del Claustro de la UAH, en su sesión extraordinaria de 13 de marzo de 2025, se somete a información pública de toda la comunidad universitaria la iniciativa de reforma de los Estatutos de la UAH para su adaptación a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU).

  • Plazo para presentar aportaciones: del 1 de abril de 2025 al 31 de mayo de 2025
  • Correo electrónico para realizar alegaciones: tramite.informacion@uah.es

Se ruega utilizar el modelo normalizado de enmiendas y propuestas facilitado al efecto.

Última actualización: 31/3/2025
Fuente: Mesa del Claustro